REGIMEN DE SERVICIO DOMESTICO

Ley N°26.844.  Resolución general 3696/04

SRES. BENEFICIARIOS:

Recordamos que para tener acceso a los servicios de la Obra Social deberá tener un aporte mínimo de $419 (correspondiente a 16hs. semanales) tal cual surge de la Resolución 3848/16 de la Afip.

En caso de que su aporte fuera inferior deberá aportar la diferencia hasta alcanzar los $419 mediante el volante de pago F575 de la Afip correspondiente a pagos voluntarios (impuesto 302 concepto 895).

 

INCORPORACIONES FAMILIARES:

Usted podrá incorporar a miembros del grupo familiar primario (esposa e hijos) abonando $419 por cada uno de los integrantes que incluya.  El pago deberá realizarse mediante el volante de pago F575 de la Afip (impuesto 302 concepto 895).

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